El fiscal investiga la posible nulidad del decreto que prohíbe extraer agua de El Hondo
El decreto que prohíbe realizar extracciones de agua en época de nidificación en El Hondo podría ser nulo. El fiscal de Medio Ambiente ha solicitado a la Conselleria de Territorio y Vivienda que informe sobre si consultó a la junta rectora del parque natural antes de dictar la orden, tal y como obliga el Plan General de gestión de la reserva ilicitana. De no ser así, el Ministerio Público señala que podría haberse incurrido en una ilegalidad.
La petición del fiscal se realiza después de que el gerente de la Comunidad de Riegos de Levante declarara en el juzgado de Elche por un presunto delito ecológico, al considerarlo el Ministerio Público responsable de la extracción de 300.000 metros cúbicos de agua en El Hondo en plena época de nidificación de aves protegidas y en contra de un decreto de la Generalitat que prohibía los desembalses de febrero a agosto.
Según el imputado, José Manuel Miralles, la orden que prohibía realizar extracciones de agua fue promulgada por la Conselleria sin audiencia previa de la comunidad de regantes, por lo que 'podría ser ilegal', señala el fiscal. De hecho, el artículo siete de plan general del parque obliga a que se tenga que escuchar a la junta rectora antes de adoptar cualquier medida relacionada con el uso y gestión de la reserva natural.
Para el fiscal de Medio Ambiente, Juan Carlos Carranza, la comunidad de regantes forma parte de la junta rectora del parque natural, por lo que la Generalitat le debería haber consultado antes de dictar el decreto del 13 de mayo del 2005, según el cual se prohíben todas aquellas actuaciones que supongan un cambio brusco en los niveles de inundación del humedal entre febrero y agosto.
Desde la Fiscalía señalaron que para la acusación es fundamental saber si la Generalitat escuchó a la junta rectora antes de dictar la orden, por lo que a finales de julio se solicitó a la Conselleria de Territorio y Vivienda que informara al respecto. En caso de que no se hubiera dado audiencia podría plantearse una ilegalidad del decreto, por lo que no podría sostenerse los cargos por un presunto delito ecológico.
El fiscal de Medio Ambiente decidía imputar al gerente de la comunidad de regantes a principios de este año, después de que la Conselleria remitiera al fiscal un informe sobre el efecto causado por los desembalses en el ecosistema del paraje protegido.
De acuerdo con el informe realizado por la Conselleria de Territorio y Vivienda, los desembalses realizados por la Comunidad de Regantes entre el 20 y el 26 de junio del año 2005 'abortaron prácticamente la reproducción y cría de la cerceta pardilla y la malvasía cabeciblanca', ambas incluidas en los Catálogos Nacional y Valenciano de aves amenazadas. Según Juan Carlos Carranza, la Comunidad de Regantes procedió a la extracción de 300.000 metros cúbicos de agua del Embalse de Levante perteneciente al parque natural, a pesar de que el decreto de la Generalitat 93/2005 prohíbe todas aquellas actuaciones que supongan un cambio brusco en los niveles de inundación del humedal entre febrero y agosto.
Para Carranza, las desecaciones provocaron 'un descenso brusco del nivel de las aguas, abortando la cría y reproducción de las especies acuáticas'. Además, las extracciones coincidieron con 'un periodo de sequía importante', por lo que el embalse 'era la única zona húmeda donde las aves protegidas podían anidar'. Según los técnicos, El Hondo contaba con 33 ejemplares de malvasía cabeciblanca y 56 de cerceta pardilla antes de producirse las desecaciones. Tras los desembalses de junio, ambas especies desaparecieron del paraje natural.