Juez pide a la cárcel que Muñoz cumpla la pena por delito urbanístico
El Juzgado de lo Penal número 5 de Málaga ha ordenado a la cárcel de Alhaurín de la Torre que el ex alcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz, en prisión provisional por el caso Malaya, cumpla la pena de un año de prisión por la que fue condenado tras autorizar una licencia de obras en zona verde en el año 1999.
Fuentes judiciales confirmaron a Efe que el juez ha dictado un auto de ejecución de sentencia en que se da firmeza al mencionado fallo, donde también se condenaba al ex regidor a ocho años de inhabilitación.
Por ello, las fuentes explicaron que aunque el juez instructor del caso Malaya, que investiga la trama de corrupción municipal e inmobiliaria en Marbella, lo pusiera en libertad provisional, tendría que continuar en prisión al estar condenado y ser reincidente.
Aunque el auto judicial puede ser recurrido por el abogado del ex alcalde 'ello no suspendería la mencionada resolución judicial salvo que diga lo contrario el instructor', añadieron las fuentes.
El pasado junio la Audiencia de Málaga confirmó la segunda condena firme contra el ex alcalde desestimando los recursos de apelación interpuestos por los abogados de Julián Muñoz y de los otros seis ediles del Grupo Independiente Liberal (GIL) para los que también se ratifica la condena.
Esta sentencia firme se produjo una semana después del ingreso en prisión de Muñoz por orden del instructor de la 'Operación Malaya' contra la corrupción en el consistorio marbellí, Miguel Angel Torres.
La sentencia fue dictada en octubre del pasado año por el titular del Juzgado de lo Penal número 5 de Málaga, que consideró probado que tanto Julián Muñoz como los otros seis ediles del GIL habían cometido un delito urbanístico.
Los seis ediles condenados junto a Muñoz son Rafael González Carrasco, Mario Jiménez, Manuel Calle Arcal, Juan Antonio Yagüe Reyes (hermano de la ex alcaldesa Marisol Yagüe), María Luisa Alcalá Duarte y Dolores Zurdo Padilla.
Los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia de Málaga no compartieron el argumento alegado por los abogados de los ex concejales sobre la nulidad de sentencia por acumulación de procedimientos pendientes al tratarse de delitos conexos.
Estos jueces entendieron que no era 'ajustado a derecho el enjuiciamiento por separado de cada una de las causas, pues en otro caso supondría un entorpecimiento importante en la administración de justicia, con un efecto dilatorio contrario a las garantías que a todo justiciable le ampara'.
Los hechos que motivaron el fallo condenatorio ocurrieron el 29 de enero de 1999, cuando la Comisión de Gobierno que presidía Muñoz como alcalde accidental autorizó una licencia de obras a la entidad Promoción de Edificaciones Industriales SA (Proinsa) para la construcción de 150 viviendas, garajes y locales comerciales en una parcela junto al Palacio Polivalente.
Para otorgar la licencia, los acusados aplicaron supuestamente el documento de revisión del PGOU aprobado en 1998 por el entonces alcalde Jesús Gil (ya fallecido), aunque, según la fiscalía, el plan aplicable no era ese, y además el suelo donde autorizaron la edificación estaba calificado como zona verde.
La Sala destacó que no llegaba a 'comprender qué razones o intereses oscuros llevaron a los acusados' a aprobar el PGOU del 98 y destacaron que 'eran perfectamente conocedores de que su conducta no era ajustada a derecho' y por tanto a la 'legalidad urbanística'.