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Más de cinco mil familias empiezan a cobrar desde mañana el 'cheque-bebé'


Más de 5.000 familias malagueñas disfrutarán a partir de mañana de un peculiar aguinaldo de 2.500 euros. Ayer, la Agencia Tributaria ordenó la transferencia bancaria de los primeros cheques-bebé concedidos a aquellos padres que hayan comunicado el nacimiento o la adopción a partir de las cero horas del 1 de julio de 2007. Una ayuda que, como confirmaron desde el Fisco, se podrá empezar a cobrar entre el jueves y el viernes de esta semana. Según los datos facilitados por el diputado socialista Miguel Ángel Heredia, de aquí a final de mes se abonarán 2.078 solicitudes, una cifra que ascenderás hasta las 4.535 al cierre del presente ejercicio (unas 120.000 en el conjunto de España). El resto de peticiones ya cursadas -844 en el caso de Málaga- se resolverán a partir de 2008.


Al respecto, las fuentes consultadas explicaron que los cheques-bebé se pagarán por orden de presentación y comprobación de las solicitudes. Esto es, los primeros en obtener el dinero serán aquéllas familias que antes lo demandaron. En este sentido, desde la Agencia Tributaria calculan que a partir de 2008 el tiempo medio de espera para el cobro será de unos treinta días desde el momento de la petición.

A fecha de 19 de noviembre, la administración tributaria contabilizaba en la provincia 5.379 solicitudes de 'cheques-bebé'. Una ayuda de 2.500 euros que se eleva a los 3.500 para familias numerosas o monoparentales, según contempla la Ley aprobada el pasado 6 de noviembre. Asimismo, la normativa prevé una prestación de la Seguridad Social en pago único de 1.000 euros más, en los casos de adopción o nacimiento registrados en el seno de familias numerosas, monoparentales con una única fuente de ingreso o en aquellas en las que la madre padezca una discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

Con carácter general la beneficiaria de la deducción o prestación será la madre. No obstante, también podrá serlo el padre en caso de fallecimiento de la progenitora sin haber solicitado el abono o bien cuando haya una cesión del derecho de cobro. En todo caso el solicitante debe haber residido de forma legal, efectiva y continuada en territorio español los dos años inmediatamente anteriores al nacimiento o adopción.

Las familias tienen dos vías para disfrutar de la prestación: como deducción en la cuota del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que se podrá cobrar anticipadamente, o, como prestación no contributiva de la Seguridad Social. Quienes estén dados de alta en el régimen de la Seguridad Social podrán solicitar la ayuda presentando el modelo 140 tras la inscripción del nacimiento o adopción en el Registro Civil (para el resto, el modelo será el 141). Ambos documentos pueden conseguirse en la web de la Agencia Tributaria, en sus oficinas y en los Registros Civiles.

Además, a partir de 2008, las nuevas solicitudes podrán presentarse por Internet con firma electrónica a través de la web www.agenciatributaria.es, o por teléfono, llamando al 901 200 345.

Terra Actualidad - VMT

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