Juristas discrepan sobre la legalidad del 'multamóvil' para actuar sin notificar la sanción
No hay un criterio unánime. Los juristas discrepan a la hora de interpretar la norma aducida por el Ayuntamiento para justificar el actual funcionamiento del 'multamóvil', que notifica las sanciones a los conductores varios días después de haber cometido la infracción y no en el momento, como procuraban, por imperativo legal, los agentes de Tráfico de carne y hueso. Una sentencia dictada por un juzgado de Vigo, ciudad en la que se ha implantado con anterioridad el Sistema Móvil de Identificación de Vehículos, ha abierto un debate que, según la opinión de los expertos consultados, sólo se zanjará con el tiempo y, posiblemente, a golpe de resolución judicial.
El primer teniente de alcalde, Pedro Sanjurjo, afirmó que el Área de Seguridad Ciudadana 'procede correctamente'. Para explicar sus palabras, se remitió al artículo 124 de las ordenanzas municipales, que recoge la forma de notificar las denuncias. El texto apunta que, 'como norma general', las denuncias se notificarán en el acto, pero recoge una serie de supuestos en los que los conductores pueden ser informados a posteriori: 'En momentos de gran intensidad circulatoria o concurriendo factores meteorológicos adversos, obras u otras circunstancias en que la detención del vehículo también pueda causar un riesgo concreto'.
La ordenanza, que se hace eco de las leyes generales sobre procesos administrativos y seguridad vial, establece, asimismo, que la notificación de la denuncia 'podrá efectuarse en un momento posterior cuando la autoridad haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo'. En este punto se producen las discrepancias que han dado lugar al debate jurídico y social sobre la legalidad de las sanciones.
La letrada gijonesa Teresa Gallart considera que la sentencia dictada por el juzgado vigués es acertada. 'La Ley de Procedimiento Administrativo dice que el responsable de una infracción tiene derecho a ser informado en el acto. Cuando se habla de medios de captación y reproducción de imágenes, el legislador no se refiere al 'multamóvil', sino a dispositivos que no permiten la notificación en el acto, como un helicóptero de Tráfico, las cámaras de vigilancia que hay por toda la ciudad...'.
Por su parte, el PP asumió estos razonamientos para echar por tierra el 'multamóvil'. El edil Juan Carlos Santos criticó que 'el Ayuntamiento sólo se haga eco de los artículos legales que le interesa. A este paso, un policía que salga a la calle con una cámara de vídeo también podrá poner multas y mandártelas luego a casa'.