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El MAPA toma medidas 18-05-2006

España desarrolla un plan de prevención contra la gripe aviar
El Ministerio de Agricultura publicó hoy en el Boletín Oficial del Estado la Orden Ministerial por la que se hacen permanentes las medidas específicas de protección de la gripe aviar, previstas en principio hasta el próximo 1 de junio. - Especial Gripe Aviar
El MAPA amplía además la posibilidad de vacunar a las aves de todos los parques zoológicos y no sólo de los ubicados en los municipios donde se aplican medidas especiales de bioseguridad por estar en torno a alguna de las zonas declaradas de riesgo.
Los plazos para la vacunación de las aves en los zoológicos se mantiene en 96 horas y establece que los intercambios de las aves vacunadas sólo se producirán cuando se efectúen entre parques zoológicos y bajo supervisión oficial.
| La nueva orden incluye además la definición de explotación no comercial como aquella en que los propietarios de las aves de corral u otras aves cautivas las tienen para consumo personal o para uso propio, o como animales de compañía. |
|  | Explotación no comercial La nueva orden modifica el listado de los municipios de la Comunidad Valenciana en los que se establecen medidas especiales de bioseguridad incluyendo en el mismo los municipios de Pucol (Valencia) y Torreblanca (Castellón).
Además modifica las zonas y municipios de especial vigilancia de gripe aviar en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha con la inclusión de Chinchilla de Montearagón, en la provincia de Albacete, y Albacete por su proximidad a la Laguna de Pétrola.
Incluye a Ciudad Real, por su proximidad al embalse del Vicario, y en la provincia de Cuenca añade los municipios de Canalejas del Arroyo y Albendea, cercanas al Embalse de Buendía.
En la provincia de Guadalajara se incluyen dentro de la zona de especial vigilancia los municipios de Sacedón, Sayatón, Muñón y Guadalajara; y en la de Toledo figuran Azután y Sevilleja de la Jara, Velada y Cazalegas.
La nueva orden incluye además la definición de explotación no comercial como aquella en que los propietarios de las aves de corral u otras aves cautivas las tienen para consumo personal o para uso propio, o como animales de compañía.
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