El Gobierno modifica el régimen de acceso al registro oficial de auditores de cuentas
El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Auditoria de Cuentas respecto al régimen de acceso al Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
Dicha modificación sustituye el sistema de exámenes anterior y se pasará de convocatorias independientes, realizadas por cada una de las tres Corporaciones representativas de los auditores ejercientes (Instituto de Censores Jurados de Cuentas, Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles y Consejo General de Colegios de Economistas), a una convocatoria única a propuesta conjunta de las citadas Corporaciones, previa aprobación por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
Por otra parte, entre los requisitos exigidos para el ejercicio de la citada actividad figura la prestación de fianza en garantía de la responsabilidad civil ilimitada en que pudieran incurrir los auditores ejercientes y sociedades de auditoría inscritas en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, cuyos requisitos deben ser modificados para procurar la adaptación de dicha fianza a la situación real de la actividad aseguradora.
En ese sentido, se exige la duración de la garantía por las reclamaciones que se planteen durante el período en que se desarrolle la actividad de auditoría de cuentas y en el año inmediatamente posterior a aquel en el que se cese en dicha actividad.