Vilanova recurrirá ante TC y dejará el cargo si se lo pide el PP
El alcalde de Vila-real, Manuel Vilanova (PP), anunció hoy que recurrirá ante el Tribunal Constitucional (TC) la sentencia del Supremo que le inhabilita y le condena a un año y medio de prisión, y afirmó que no tendrá 'problemas' para dejar su cargo si su partido se lo pide.
Vilanova asistió esta noche al pleno ordinario celebrado por el Ayuntamiento Vila-real, en el que estuvieron presentes el conseller de Cultura, Educación y Deporte, Alejandro Font de Mora, el vicesecretario regional del PP de la Comunitat Valenciana, Ricardo Costa, y el presidente del PP de Castellón, Carlos Fabra, entre otros cargos del partido.
Tras el pleno, que fue interrumpido en diez ocasiones por los gritos de apoyo al alcalde de un centenar de vecinos que asistió al mismo, Vilanova explicó a los periodistas que el pasado viernes puso su cargo a disposición del presidente provincial.
'Estoy muy tranquilo y no tendré problemas en dejarlo cuando mi partido me lo diga', señaló el alcalde de esta localidad, a quien el Tribunal Supremo ha inhabilitado durante ocho años por un delito de prevaricación, al consentir, 'de forma deliberada', la emisión ilegal de ruidos de una empresa.
Por su parte, Fabra aseguró que el PP 'respeta la sentencia, porque no tiene otro remedio', ya que le parece un fallo judicial 'sin precedentes'.
La sentencia del Supremo es 'desproporcionada' y 'una manipulación política', señaló el presidente provincial del PP, quien aseguró que Vilanova 'cuanta con el apoyo del partido en Castellón, en la Comunitat Valenciana y en España'.
Según dijo, el alcalde de Vila-real 'es una de las personas más íntegras y cristalinas en su gestión, la que más en toda la provincia'.
La sentencia del Supremo, que además condena a dos años de prisión al gerente de la empresa 'Rocersa' por un delito medioambiental, indica que el alcalde 'se situó del lado de una industria contaminante en contra de los intereses de los ciudadanos, sabiendo que actuaba y vulneraba la legalidad que regula la emisión de ruidos'.
El fallo desestimó 'la opción de multa' al considerar que 'sería satisfecha incluso con cargo a las arcas municipales, agravando la situación de los vecinos', y considera que la citada pena es la que se ajusta 'a la gravedad de su conducta'.
A su juicio, el alcalde demostró una 'reiterada conducta de pasividad y desprecio hacia los intereses de sus ciudadanos, haciendo oídos sordos a la situación que sufrían y permitiendo la actuación de la industria, a sabiendas de que actuaba en contra de las disposiciones legales'.
Asimismo, mantuvo 'una conducta omisiva silenciando las inspecciones' y 'dejando deliberadamente sobre la mesa los informes inequívocos sobre las mediciones', lo que lleva al Supremo a considerarlo como autor de un delito continuado de prevaricación medioambiental.