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Las bodas se ofician en el Ayuntamiento únicamente los viernes por la mañana y los sábados. En este último caso, se puede escoger si la ceremonia se oficia por la mañana o por la tarde según lo decida la primera pareja que reserve el día. Si es por la mañana se hacen dos ceremonias, una a mediodía y otra a la una de la tarde. Si es por la tarde se pueden celebrar hasta tres bodas, una a las cinco, otra a las seis y la última a las siete de la tarde. Fuentes municipales señalan que el 'gran aumento' del número de bodas civiles celebradas en los últimos años puede estar relacionado con la imposibilidad que tienen muchos divorciados de pasar por la vicaría en segundas nupcias, ya que son muy pocos los que obtienen la nulidad eclesiástica. Por ello la mayoría prefiere la opción más rápida. No lo es por dinero porque en comparación con una boda religiosa, una ceremonia civil es quizá un poco más cara ya que los novios deben pagar 207 euros para realizar todos los trámites necesarios, aunque el Ayuntamiento incrementará los precios el próximo año debido a la subida del IPC. Otras parejas se decantan por una boda civil por realizarlas en un marco incomparable como es el Palacio Consistorial, que tras ser inaugurado el año pasado se ha convertido en un marco incomparable para decenas de personas que quieren ser retratados en uno edificios emblemáticos de la ciudad. Para poder casarse por lo civil lo primero que se ha de hacer es solicitar la instrucción del expediente previo en el Registro Civil de la ciudad, manifestando los interesados la voluntad de que el enlace sea oficiado por una autoridad municipal. Después, se debe cumplimentar una instancia dirigida a la alcaldesa de Cartagena, Pilar Barreiro, solicitando fecha para la celebración de la unión, y cumplimentar un documento con los datos de los contrayentes y los dos testigos que estarán en la ceremonia. En el caso de que los novios deseen que un concejal oficie el matrimonio, deberán hacerlo constar en la instancia y el cuestionario y comunicarlo en secretaría. Una vez cumplimentados estos trámites, los funcionarios municipales, se ponen en contacto con la pareja para comunicarles si es posible acceder a su petición en la fecha solicitada. En el caso de que otra persona hubiese reservado anteriormente dicho día se tendrán que amoldar a las fechas disponibles. Además, si uno de los contrayentes es divorciado o viudo, debe de aportar un documento extra. El certificado literal del matrimonio anterior -en el caso de que sea divorciado- y el certificado de defunción -si es viudo-. Al final, tras meses de trámites y de suerte para 'escoger' la fecha, se oficia la ceremonia civil que apenas alcanza los treinta minutos de duración.
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