El 95 por ciento de las discotecas sevillanas va a prohibir fumar en todo el local
El 95 por ciento de las discotecas de Sevilla capital prohibirá fumar en la totalidad de su superficie para eludir las reformas que se verían obligadas a acometer los locales de más de 100 metros cuadrados para habilitar zonas de fumadores, según la Ley Antitabaco. Según ha informado el presidente de la Asociación de Terrazas, Bares y Discotecas de Sevilla (Tebadis), Alfonso Maceda, la gran mayoría de los locales de ocio nocturno de más de 100 metros optarán por la prohibición total, ya que 'la distribución de algunos locales no permite crear una zona independiente y aislada para los fumadores'.
No obstante, ha explicado que 'las discotecas que están divididas en dos plantas, por ejemplo, han destinado una de ellas para fumadores', por lo que en la temporada de otoño, que ya está comenzado, sólo en estos casos puntuales se podrá fumar dentro del establecimiento. En este sentido, Maceda ha destacado la dificultad de este tipo de reformas, ya que los empresarios se planteaban 'cómo iban a ser esas salas de fumadores independientes, si iban a tener música...', y ha asegurado que hasta el momento no han tenido conocimiento de la apertura de expedientes por incumplimiento de la ley.
Según un estudio de la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (Separ), publicado a finales del mes de agosto, el 22 por ciento de los restaurantes sevillanos de más de 100 metros cuadrados de superficie cumplen y están dispuestos a cumplir la Ley Antitabaco, por encima del resto de ciudades analizadas -Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia-.
No obstante, el informe aseguraba que el 30 por ciento de los restaurantes de más de 100 metros cuadrados ubicados en la capital hispalense vende cigarrillos y puros sueltos, a pesar de estar prohibido, y señalaba que no se estaban tomado medidas para adaptar los locales a las normas que entraron en vigor el 1 de septiembre, referidas a la separación física de las zonas.
La Ley de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco -aprobada por el Congreso de los Diputados el 15 de diciembre de 2005- entró en vigor el pasado primero de enero y desde ese momento está prohibido fumar en todos los centros de trabajo, públicos y privados, salvo que se encuentren al aire libre.
Asimismo, la ley establece que los bares, restaurantes y lugares de ocio de más de 100 metros cuadrados deben ser espacios 'libres de humo', aunque pueden establecer zonas de fumadores separadas físicamente que no excedan del 30 por ciento de la superficie del local. El resto de establecimientos de hostelería -de menos de 100 metros cuadrados- tendrán libertad para que se fume o no en su interior, pero deberán informar explícitamente en la entrada al mismo.
También se regula la venta de tabaco, que sólo podrá realizarse en los estancos o a través de máquinas expendedoras autorizadas, quedando prohibida a menores de 18 años en todos los casos. La ley establece, por último, un régimen sancionador que engloba multas desde los 30 euros para infracciones más leves hasta los 600.000 euros en las muy graves.