Esquerra presenta en Congreso proposición ley libertad religiosa
El grupo parlamentario de Esquerra Republicana ha presentado en el Congreso una proposición de ley sobre libertad religiosa, de carácter orgánico, para adaptar la futura normativa en la materia 'al nuevo pluralismo religioso del Estado español'.
En la exposición de motivos de la iniciativa, Esquerra Republicana de Catalunya señala que esta propuesta 'no supone una ruptura' con la actual ley Orgánica de Libertad Religiosa, que data de julio de 1980, 'sino su actualización y modernización, para dar respuesta a las nuevas demandas surgidas del pluralismo religioso y la multiculturalidad'.
La proposición de ley pretende profundizar 'en los principios de libertad e igualdad dentro de los límites constitucionalmente previstos, extendiendo el disfrute de los derechos de la libertad religiosa a los ciudadanos cuyas iglesias y confesiones no hayan, necesariamente, suscrito un Acuerdo de Cooperación con el Estado español'.
Estos derechos se reconocen, según la propuesta, sobre 'la base de una laicidad de los poderes públicos y una neta separación entre lo político y lo religioso.
Así, en su artículo 5, se establece que 'Las iglesias, confesiones y comunidades religiosas están separadas de los poderes públicos y son libres en su organización y en el ejercicio de sus funciones religiosas y de culto'.
'En ningún caso podrán trascender los fines que les son propios y equipararse a los poderes públicos ocupando institucionalmente una igual posición jurídica'.
El texto agrega que 'la neutralidad de los poderes públicos impide cualquier tipo de confusión entre funciones religiosas y estatales' y puntualiza que 'en los actos oficiales y en el protocolo del Estado será respetado el principio de laicidad'.
Dispone asimismo que 'los valores o intereses de las confesiones no podrán erigirse en parámetros para medir la legitimidad o la justicia de las normas y actos de los poderes públicos; no podrá obligarse a estos a trasladar al ámbito jurídico-civil los valores o principios religiosos de la conciencia de los fieles'.
En relación con el régimen tributario y beneficios fiscales, la iniciativa legislativa señala que las confesiones inscritas en el Registro de Entidades Religiosas gozarán del mismo régimen fiscal y tributario previsto por la legislación para las entidades sin fin de lucro de interés social, o el que corresponda a las que, en su caso, hayan sido declaradas de utilidad pública.
La propuesta prevé que el ministro de Justicia y los Gobiernos de las Comunidades Autónomas crearán la Conferencia Sectorial para Asuntos Religiosos que, anualmente y con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, distribuirá los recursos económicos que sean necesarios para atender adecuadamente las demandas derivadas del ejercicio de los derechos de la libertad religiosa y de culto, y de los Acuerdos de Cooperación suscritos.