El Supremo le da la razón a Comunidad de Madrid ante un recurso de Localia
El Tribunal Supremo ha negado a Localia TV Madrid, Tele Alcalá y Productora Digital de Medios Audiovisuales un recurso pidiendo la suspensión provisional de la concesión de licencias de TDT local acordada por la Comunidad de Madrid.
Estas cadenas han recurrido contra la adjudicación por parte de la Comunidad de Madrid de las licencias de explotación de la televisión digital terrestre local (madrileña).
En tanto se resolvía este recurso, las citadas televisiones locales pidieron que se suspendiera la ejecución de la adjudicación de licencias, arguyendo que, de otra manera, se perjudicarían de manera irreparable sus intereses y los de sus trabajadores.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid negó la suspensión provisional de las licencias porque esa medida cautelar causaría perjuicios irreparables también a las cadenas que han logrado las licencias, cuyos intereses consideró prevalentes.
Según dictaminó, los peticionarios de la medida cautelar olvidan que 'esa irreparabilidad de los perjuicios constituirá motivo bastante para adoptar una medida cautelar siempre que el interés general o de terceros no se viera negativamente afectado'.
El Supremo examina el recurso contra esta decisión y considera que es formalmente correcta y que, en cuanto al fondo, es correcto dar prioridad a los intereses de quienes han resultado favorecidos por la adjudicación.
Además el Supremo recuerda que ya ha fallado en otra ocasión en este mismo sentido, con lo cual el principio de unidad de doctrina le obliga.
En consecuencia, rechaza el recurso y condena a pagar las costas a las cadenas de televisión recurrentes.