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sanidad-competencia 09-11-2006


TCDC sanciona ATCA con 70.000 euros por pactar precios y boicot


El Tribunal Catalán de Defensa de la Competencia (TCDC) ha sancionado con 70.000 euros a la Asociación de Tocoginecólogos de Cataluña (ATCA) por acordar precios y practicar acciones de boicot.


Según ha informado hoy el TCDC, a mediados de 2003 la Asociación que representa a los tocoginecólogos catalanes reclamó a la mutua Adeslas mejoras retributivas para los facultativos y, ante la negativa por parte de Adeslas de aumentar lo que cobraban, algunos médicos se negaron a atender a pacientes aseguradas por la mutua, al tiempo que ofrecían la posibilidad de atenderles como si se tratara de una consulta privada ajena a la mutua.

En su resolución, el Tribunal Catalán de Defensa de la Competencia declara como práctica restrictiva la negociación colectiva de unos honorarios uniformes por los servicios médicos tocoginecológicos que contratan con la compañía de seguros médicos, y considera que los miembros de ATCA 'boicoteaban' los servicios de Adeslas, por lo que impone dos multas que penalizan cada uno de estos comportamientos y suman 70.000 euros.

La ATCA justificó su conducta alegando la inactividad del Colegio Oficial de Médicos de Barcelona y la insuficiencia 'ostensible' de la remuneración salarial por parte de la mutua Adeslas, mientras que el Tribunal califica de 'injustificables' el acuerdo de precios y la conducta colectiva de boicot, aunque añade que 'lo que se pretendía podía ser legítimo'.

Según el TCDC, es 'necesario reprender' a la Asociación con independencia de que se pueda opinar que los honorarios abonados no respondían a unos mínimos razonables, tras constatar que la actuación de los médicos 'afectaba el comportamiento del mercado en la prestación de los servicios de atención ginecológica', 'gravedad' acentuada por la relación especial que se establece entre el médico y la paciente en estos casos.

Por otra parte, en 1995 el Tribunal de Defensa de la Competencia sancionó con 40 millones de pesetas a la Asociación de Tocoginecólogos de España (ATE) porque había incurrido en estas dos mismas conductas, por lo que el TCDC considera que la ATCA ya conocía que su conducta era punible porque va en contra del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia.

Además de las multas, el Tribunal ordena a la ATCA que se abstenga de realizar prácticas similares y que publique la resolución en dos diarios de amplia difusión en Cataluña.



Terra Actualidad - EFE

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